La Justicia Rechazó Suspender la Reforma Política

La jueza con competencia electoral María Servini de Cubría rechazó los amparos de partidos políticos que se consideraron afectados por los requisitos para conseguir la personería política. La norma fue aprobada por el Congreso en diciembre.

No obstante, dió diez días al Ejecutivo Nacional para que le informe «antecedentes y fundamentos» de la norma a fin de pronunciarse sobre el fondo de la cuestión.

El reclamo de suspensión de la norma aprobada por el Senado en diciembre fue hecho por trece partidos, entre ellos el GEN de Margarita Stolbizer, Movimiento de integración y Desarrollo (MID), el Partido Obrero, PAIS, Movimientos Libres del Sur, el Partido Humanista, y Movimiento Socialista de los Trabajadores.

Las agrupaciones pidieron la nulidad del veto parcial que el Gobierno le hizo a la ley 26.571, cuyos artículos 107 y 108 les daba tiempo hasta diciembre del año próximo, tras las elecciones presidenciales, para cumplir con los nuevos requisitos de personaría.

La reforma política fijó en un 4 por ciento del padrón electoral de cada distrito el piso para obtener el reconocimiento legal de una agrupación.

También establece elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias y el requisito de inscripción en cinco jurisdicciones para ser considerado nacional.

En el decreto de veto de esos artículos, el Gobierno consideró que «contradicen el objetivo central de la ley al diferir hasta el año 2012 la aplicación de normas que están directamente relacionadas con la mejora de la representación política y se consideran fundamentales para ordenar el universo de actores políticos.

En su presentación, los partidos consideraron por el contrario que con el veto se buscó fortalecer el bipartidismo justicialista-radical. Al rechazar la medida cautelar, la jueza sostuvo que como en el 2010 no habrá elecciones nacionales en la Capital Federal «no alcanza a vislumbrarse el perjuicio real, concreto y actual que justifique la procedencia de la medida requerida».

Servini destacó que aún cuando se mantenga la vigencia del veto el fondo del amparo será resuelto «sin duda, con anterioridad a la sustanciación de los procedimientos establecidos en la Ley 26.571 y su decreto de promulgación cuestionado».

 

Fuente: TÉLAM