100% Diversidad y Derechos celebró la entrada en vigencia del nuevo Código Civil

100% Diversidad y Derechos saludó la entrada en vigencia del nuevo Código Civil por «el histórico avance social y jurídico que representa ya que reconoce más y mejores derechos para todas las familias, estén integradas por parejas del mismo o de distinto sexo».

De la reforma, especialmente, destacaron las innovaciones en materia de fuentes de filiación. A la natural y adoptiva se incorpora la “voluntad procreacional”. Con ella se determina, a través de un consentimiento previo, informado y libre, la filiación a favor de quienes hayan utilizado las técnicas de reproducción humana asistida independientemente de quien haya aportado los gametos, de su orientación sexual y estado civil. En consecuencia, ya no será un requisito el matrimonio en familias comaternales para que sus hijos e hijas sean reconocidos legalmente por sus dos madres.

Además, a propuesta de 100% Diversidad y Derechos el nuevo Código Civil incorporó la Cláusula Transitoria Tercera que reconoce la filiación por “voluntad procreacional” a favor de quienes hayan usado las técnicas de reproducción asistida antes de la reforma. Esto favorece a todas las familias usuarias de las TRHA, especialmente a las comaternales. De esta forma, junto con el Decreto Nacional de “Reconocimiento Igualitario” (N°1006/12), culmina el proceso de reconocimiento legal de todas las familias con dos mamás. Esta Cláusula es, sin dudas, un hito en la lucha por la igualdad de todas las familias.

Sobre el polémico artículo 19, que establece que “la existencia de la persona humana comienza con la concepción”, la Cláusula Transitoria Segunda determina que “La protección del embrión no implantado será objeto de una ley especial”, la cual ya cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados. En ese sentido, Martín Canevaro, Secretario de 100% Diversidad y Derechos, expresó que la organización “reclama la urgente sanción en el Senado de la Ley Especial de Regulación de las Técnicas de Reproducción Humana Asistida (TRHA), que determina los procedimientos para la conservación de gametos y embriones con fines reproductivos y permite, transcurridos 10 años desde la obtención del material genético sin que haya sido utilizado, que puedan ser descartados o destinados a la investigación”. Finalmente Canevaro sostuvo que “La sanción de esta Ley en el Senado es fundamental para impedir que el actual artículo 19 obstaculice el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de la población”.