La Corte Suprema de Justicia revocó el fallo que denegó el arresto domiciliario a Ana Fernández

La agrupación 100% Diversidad y Derechos celebró el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que revocó el fallo de la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal que había negado la prisión domiciliaria a Ana María Fernández quien había solicitado ese beneficio para cuidar a su hijo – que hoy tiene apenas un año de edad – denegado por el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 4 con el argumento discriminatorio de que su hijo tenía “otra mamá” que podía ocuparse de su cuidado.
En diciembre del año pasado 100% Diversidad y Derechos denunció que el argumento utilizado por el Tribunal es discriminatorio, ya que establece estándares diferentes para familias heterosexuales y comaternales. También patrocinó una denuncia por discriminación que fue avalada por un dictamen favorable por el INADI junto a la otra madre del bebé y esposa de Fernández.
En los fundamentos de la sentencia la Corte sostiene que la “aplicación de normas de derecho común, materias éstas -en principio- ajenas al conocimiento de este Tribunal por vía del recurso extraordinario, esta regla admite excepciones cuando se invoca la doctrina de la arbitrariedad” la cual se funda en que la Sala III de la Cámara de Casación Penal “incurre en el defecto de no ofrecer una respuesta satisfactoria al reclamo” y que está “ha omitido tratar el agravio formulado por la parte en cuanto a que la decisión de denegar el arresto domiciliario estuvo basada en un entendimiento contrario al principio constitucional que proscribe todo trato discriminatorio”.
Finalmente la corte sostiene que “debe repararse que al haber sido ignorados fundamentos conducentes íntimamente vinculados con la resolución del caso que guardan nexo directo e inmediato con las garantías de defensa en juicio y debido proceso, la sentencia carece de sustento suficiente y, por lo tanto, resulta descalificable como acto jurisdiccional válido en los términos de la doctrina de la arbitrariedad”.
Martín Canevaro, presidente de 100% Diversidad y Derechos, expreso que “estamos muy contentos porque el fallo de la Corte explicita que la Cámara de Casación no atendió el planteo sobre el argumento discriminatorio de la sentencia de la primera instancia” ya que era “Inadmisible que se utilicen los nuevos derechos reconocidos a la diversidad familiar en contra de las familias. En este caso, para perjudicar a un bebé que si no tuviera dos madres, estaría en su entorno natural tomando el pecho con su madre”, dijo.
Finalmente Andrea Majul, del Área de Diversidad Familiar de 100% Diversidad y Derechos expreso que la Cámara “omitió el análisis del caso concreto, sin determinar que era lo mas beneficioso para el niño” lo que demuestra que “Esta no es una justicia imparcial, porque intencionalmente mira sólo hacia donde sus propios prejuicios le permiten ver. Si el Poder Judicial no es capaz de ajustarse a derecho y atender al paradigma de la diversidad, debería entender que los fundamentos homofóbicos ya no tienen lugar en la jurisprudencia argentina”, concluyó.