Tiene Media Sanción el Régimen Penal Juvenil para Establecer la Responsabilidad de los Menores

La Cámara de Senadores aprobó hoy en particular y envió a Diputados un proyecto de ley para un nuevo Régimen Penal Juvenil para establecer la responsabilidad de las personas menores de 18 años y mayores de 14 que hayan cometido un delito de acción pública.

La discusión de ayer fue la continuación de un debate iniciado el 8 de julio, cuando la norma se aprobó en general por unanimidad.

El proyecto establece que en ningún caso una persona menor de 18 años a la que se le atribuya la comisión de un delito podrá ser juzgado por el sistema penal general ni podrá atribuírsele las consecuencias previstas para las personas mayores.

Están exentas de responsabilidad penal las personas que al momento de cometer el delito que se les impute no alcancen la edad de catorce años.

Tampoco serán imputables quienes tengan catorce o quince años de edad y hayan cometido delitos sancionados con multa, inhabilitación o con pena mínima privativa de libertad inferior a tres años.

También quedan fuera de la responsabilidad penal quienes tengan dieciséis o diecisiete años de edad y sean sancionados con multa, inhabilitación o con pena mínima privativa de la libertad inferior a dos años.

Además, el Régimen establece que toda persona menor de 18 años tiene derecho a que se respete su vida privada y la de su grupo familiar. El proyecto también remarca que la privación de la libertad de las personas menores de dieciocho años infractoras a la ley penal es «la excepción y el último recurso», y establece que «se privilegiará la permanencia de la persona menor de dieciocho años dentro de su grupo familiar» y que «en caso de no existir este, deberá darse intervención a los órganos administrativos de protección de derechos del niño, niña y adolescentes».

Es por ello que el juez podrá aplicar como sanciones una escala que, de modo in crescendo, tiene las siguientes: disculpas personales ante la víctima; reparar el daño causado; prestación de servicios a la comunidad; órdenes de supervisión y orientación; inhabilitación; privación de libertad durante el fin de semana o tiempo libre; privación de libertad en domicilio; o privación de libertad en centro especializado.

Serán encarcelados en un centro especializado cuando se trate de personas que al momento de la comisión del delito tengan catorce o quince años de edad, declaradas penalmente responsables por delitos dolosos con resultado de muerte o por delitos contra la integridad sexual reprimidos con pena mínima superior a los cinco años de prisión o reclusión. El plazo máximo de esta sanción no podrá exceder de tres años.

Cuando se trate de personas que al momento de la comisión del delito tengan dieciséis o diecisiete años de edad, declaradas penalmente responsables por delitos dolosos con resultado de muerte; o por delitos contra la integridad sexual y contra la libertad con pena mínima superior a los tres años de prisión o reclusión.

También se incluyen los casos de lesiones gravísimas, el robo con lesiones graves, gravísimas y el robo con armas; y el secuestro extorsivo. El plazo máximo de esta sanción no podrá exceder de cinco años. En el caso de concurso real entre estos delitos, el máximo de esta sanción no podrá exceder de ocho años.

La responsabilidad penal alcanza a los jóvenes de 14 ó 15 años de edad que cometan un delito con pena mínima de 3 años de prisión o reclusión; y a los jóvenes de 16 ó 17 años de edad que participe en la comisión de un delito con pena mínima de 2 años o más de prisión o reclusión.

Además, remarca que «los centros especializados para el cumplimiento de la pena privativa de libertad deben contar con un grupo interdisciplinario de profesionales especializados, adecuadas medidas de seguridad y espacios acondicionados que permitan la recepción de visitas».

«La dirección de estos centros será desempeñada por personal especializado y capacitado. En ningún caso podrá estar a cargo de personal policial, penitenciario o de las fuerzas de seguridad», indica el proyecto.

 

Fuente: TÉLAM