Audiencia por el lenguaje inclusivo en la Ciudad

En el día de hoy, a las 11:30 horas, tendrá lugar la audiencia citada por la jueza Romina Tesone, del Juzgado de 1º Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 1 de CABA, producto de la cautelar colectiva interpuesta contra la prohibición del lenguaje inclusivo decretada por el Gobierno de la Ciudad. La misma tendrá lugar en el edificio de Suipacha 150.

La dirigente nacional del Nuevo MAS Manuela Castañeira se hará presente junto a Federico Winokur – docente porteño y dirigente nacional de la juventud del ¡Ya Basta!, y al letrado patrocinador del amparo, en concomitancia con la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans.

Ante esto, Manuela Castañeira declaró: “El 18 de junio hemos presentado un amparo contra la prohibición del lenguaje inclusivo decretada por Larreta y Acuña, el cual contiene una medida cautelar que requiere de la inmediata resolución de la jueza Dra. Romina Tesone. El miércoles 13 nos haremos presentes en la audiencia en la que se tratará esta cautelar con la exigencia de la suspensión inmediata del decreto aberrante del gobierno de CABA. Cuando se presentan este tipo de recursos judiciales, la Justicia debe actuar de inmediato y resolver. No se puede postergar más la suspensión de esta prohibición autoritaria y reaccionaria que cercena los derechos de todo un sector de jóvenes y docentes al reconocimiento de su identidad, al trato digno y a la libertad de expresión”.

Castañeira agregó: “La justificación del gobierno para decretar esta resolución escandalosa es insostenible. No hay ninguna prueba de causalidad entre los malos resultados en la comprensión lectora de las, los y les estudiantes y el uso del lenguaje inclusivo. En todo caso, las bajas calificaciones encuentran su verdadera causa en el prolongado desfinanciamiento de la educación y en el abandono educativo que se vivió durante la pandemia. Por otra parte, basándose en una concepción conservadora y mecánica del lenguaje, el gobierno de Larreta pretende prohibir una práctica en la sociedad que está motivada por el libre ejercicio del derecho de las personas a su identidad de género. Y, al hacer esto, está contrariando a la Ley de Identidad de Género, a la Constitución de CABA en los artículos 12, 37 y 38 y al artículo 14 de la Constitución Nacional, además de ser violatorio de numerosos tratados internacionales”.